Tipos de sociedades mercantiles

¿Qué es una sociedad mercantil?

Una sociedad mercantil es un conjunto de personas fisicas o incluoso morales, que de forma voluntaria se agrupan mediante lo estipulado por la Ley General de Sociedades Mercantiles, a fin de ejercer alguna actividad económica y lograr un fin común en beneficio de sus socios, integrantes y/o colaboradores.

Sociedades mercantiles previstas en la Ley General de Sociedades Mercantiles

En México y de acuerdo a lo previsto en la Ley General de Sociedades Mercantiles, se reconocen los siguientes 7 tipos de sociedades mercantiles:

  1. Sociedad en nombre colectivo;
  2. Sociedad en comandita simple;
  3. Sociedad de responsabilidad limitada;
  4. Sociedad anónima (SA);
  5. Sociedad en comandita por acciones;
  6. Sociedad cooperativa, y
  7. Sociedad por acciones simplificada (SAS).

Puedes confirmar lo anterior, revisando precisamente la Ley General de Sociedades Mercantiles (enlace externo).

sociedades mercantiles en mexico
Tipos de sociedades mercantiles

Sociedades mercantiles tradicionales

De las sociedades mercantiles que reconoce la Ley General de Sociedades Mercantiles, los tipos generales de sociedades mercantiles tradicionales son:

  1. Sociedad en nombre colectivo;
  2. Sociedad en comandita simple;
  3. Sociedad de responsabilidad limitada;
  4. Sociedad anónima (SA);
  5. Sociedad en comandita por acciones, y
  6. Sociedad cooperativa.

Las sociedades mercantiles consideradas como tradicionales, son consideradas así, porque a diferencia de las Sociedad por Acciones Simplificada (SAS), es necesario que un fedatario (notario o corredor público) emita la respectiva acta constitutiva de la sociedad mercantil.

Acta constitutiva

Los rubros o elementos que contienen las actas constitutivas de una sociedad, varían de acuerdo a las características particulares de la sociedad que se desea constituir, en general y como ejemplo, el acta constitutiva de una sociedad mercantil contiene:

  • Los nombres, nacionalidad y domicilio de las personas físicas o morales que constituyan la sociedad.
  • El objeto de la sociedad.
  • Su razón social o denominación.
  • Su duración, misma que podrá ser indefinida.
  • El importe del capital social.
  • La expresión de lo que cada socio aporte en dinero o en otros bienes; el valor atribuido a éstos y el criterio seguido para su valorización.
  • Cuando el capital sea variable, así se expresará indicándose el mínimo que se fije.
  • El domicilio de la sociedad.
  • La manera conforme a la cual haya de administrarse la sociedad y las facultades de los administradores.
  • El nombramiento de los administradores y la designación de los que han de llevar la firma social.
  • La manera de hacer la distribución de las utilidades y pérdidas entre los miembros de la sociedad.
  • El importe del fondo de reserva.
  • Los casos en que la sociedad haya de disolverse anticipadamente.
  • Las bases para practicar la liquidación de la sociedad y el modo de proceder a la elección de los liquidadores, cuando no hayan sido designados anticipadamente.

Todos los requisitos anteriores y demás reglas que se establezcan en la escritura sobre organización y funcionamiento de la sociedad constituirán los estatutos de la misma.

Así como las sociedades se constituirán ante fedatario público, en la misma forma se harán constar sus modificaciones.

El fedatario público no autorizará la escritura o póliza cuando los estatutos o sus modificaciones contravengan lo dispuesto por la Ley General de Sociedades Mercantiles.

Finalmente, las sociedades mercantiles deberán ser inscritas en el Registro Público de Comercio, donde la sociedad mercantil tendrá personalidad jurídica distinta de la de los socios.

características sociedades mercantiles

Características de las sociedades mercantiles

Sociedad en nombre colectivo (S. N. C.)

Sociedad en nombre colectivo es aquella que existe bajo una razón social y en la que todos los socios responden, de modo subsidiario, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales.

Sociedad en Comandita Simple (S. en C. S.)

Sociedad en comandita simple es la que existe bajo una razón social y se compone de uno o varios socios comanditados que responden, de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente, de
las obligaciones sociales, y de uno o varios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus aportaciones.

Sociedad de responsabilidad limitada (S. de R. L.)

Sociedad de responsabilidad limitada es la que se constituye entre socios que solamente están obligados al pago de sus aportaciones, sin que las partes sociales puedan estar representadas por títulos negociables, a la orden o al portador, pues sólo serán cedibles (que se puede ceder o transmitir a otra persona.) en los casos y con los requisitos que establece la Ley.

Sociedad Anónima (S. A.)

Sociedad anónima es la que existe bajo una denominación y se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones.

Sociedad en Comandita por Acciones (S. C. A.)

La sociedad en comandita por acciones, es la que se compone de uno o varios socios comanditados que responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales, y de uno o varios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus acciones.

Sociedad Cooperativa (S. C.)

Las sociedades cooperativas se regirán por su legislación especial.

Sociedad por Acciones Simplificada (S. A. S.)

La sociedad por acciones simplificada es aquella que se constituye con una o más personas físicas que solamente están obligadas al pago de sus aportaciones representadas en acciones. Las SAS se pueden crear por medios electrónicos, de manera gratuita y sin la necesidad de acudir con un fedatario (notario o corredor público) para formalizar su constitución.

La elección del tipo de sociedad es un paso fundamental para el emprendedor.

Para esto y más, ponemos a sus órdenes la asesoría profesional de todo el equipo multidisciplinario de nuestro despacho contable y nuestro servicio especializado y profesional para constituir tu empresa en México fácil y sin complicaciones.

Compartir