Deducciones personales ¿Qué son y cuáles son las deducciones de personas físicas?

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¿Qué son las deducciones personales?

Las deducciones personales son los gastos que los contribuyentes tienen derecho a disminuir del acumulado de ingresos en la declaración anual, pudiendo así obtener un saldo a favor por el cual posteriormente puedes obtener un devolución de impuestos cuando las deducciones sean mayores que nuestro resultado fiscal.

¿Cuáles son las deducciones de personas fisicas?

De acuerdo con el SAT, en tu declaración anual, como persona física tienes derecho a presentar las siguientes deducciones personales:

Salud

  • Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición.
  • Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales.
  • Honorarios a enfermeras.
  • Análisis, estudios clínicos.
  • Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente.
  • Prótesis.
  • Compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales.
  • Primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social.

Este tipo de gastos podrán ser deducibles cuando hayan sido efectuados para ti, tu cónyuge o concubino/a, tus padres, abuelos, hijos y nietos.

Educación

Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios.

Desde nivel preescolar hasta bachillerato o equivalente, por los montos siguientes (límite anual de deducción):

  • Preescolar: 14,200 pesos.
  • Primaria: 12,900 pesos.
  • Secundaria: 19,900 pesos.
  • Profesional técnico: 17,100 pesos.
  • Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.Para hacer efectivo este beneficio, requieres contar con el comprobante de pago correspondiente.
    Las cuotas por concepto de inscripción o reinscripción no pueden ser deducibles.

Con respecto al transporte escolar, será deducible sólo si es obligatorio.

Otros

  • Gastos funerarios de tu cónyuge o concubino/a, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos, podrás realizarlos con cualquier medio de pago y debes contar con la factura.
  • Intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a tu casa habitación, contratados con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE, entre otras, y siempre que el crédito otorgado no exceda de setecientas cincuenta mil unidades de inversión.
  • Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos.
    No serán onerosos ni remunerativos (que no se otorguen como pago o a cambio de servicios recibidos).
    El monto de los donativos no excederá de 7% de los ingresos acumulables que sirvieron de base para calcular el impuesto sobre la renta del año anterior, antes de aplicar las deducciones personales correspondientes a dicho año.
  • Aportaciones complementarias de retiro realizadas en la subcuenta de aportaciones voluntarias de tus planes personales de retiro (Afore).
  • El pago por impuestos locales por salarios, cuya tasa no exceda 5%.

Consideraciones

El monto total de las deducciones personales (excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, así como estímulos fiscales) no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales o del 15% total de tus ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor.

Para que tus gastos sean deducibles, deberás cubrir los montos con tu tarjeta de débito o crédito, transferencia bancaria o cheques nominativos.

Más sobre Deducciones Personales (SAT) 

Si requieres mayor información sobre deducciones autorizadas, puedes consultar la información que preparo el SAT sobre las deducciones personales aquí.

 

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