¿Qué es un Comisario en una Sociedad Mercantil?
El comisario es la persona encargada de supervisar las gestiones realizadas por los administradores de una Sociedad mercantil. Los comisarios pueden ser socios o personas externas a la sociedad, son temporales y revocables.
¿Quiénes no pueden ser comisarios?
De acuerdo con el Artículo 165 de la Ley General de Sociedades Mercantiles NO podrán ser comisarios los individuos que por Ley estén inhabilitados para ejercer el comercio, los empleados de la sociedad y los parientes consanguíneos de los Administradores.
Facultades y obligaciones
En general la facultad y obligación del comisario de la sociedad mercantil es vigilar la gestión, conducción y ejecución de los negocios de la sociedad.
Entre las principales facultades y obligaciones del comisario se encuentran las siguientes:
- Exigir a los administradores información que incluya por lo menos un estado de situación financiera y un estado de resultados;
- Realizar un examen de las operaciones, documentación, registros y demás evidencias comprobatorias que sean necesarios para efectuar la vigilancia de las operaciones de la sociedad;
- Rendir anualmente a la Asamblea General Ordinaria de Accionistas un informe respecto a la veracidad y razonabilidad de la información presentada por el Consejo de Administración a la propia Asamblea de Accionistas;
- En su informe debe emitir su opinión sobre si las políticas y criterios contables y de información seguidos por la sociedad son adecuados y suficientes.
- Debe emitir su opinión sobre si esas políticas y criterios han sido aplicados consistentemente en la información presentada por los administradores.
- Convocar a Asambleas ordinarias y extraordinarias de accionistas, en caso de omisión de los Administradores y en cualquier otro caso en que lo juzguen conveniente;
- Asistir a las Asambleas de Accionistas y a todas las sesiones del Consejo de Administración, a las cuales deberán ser citados y tendrán voz pero no voto.