Denominación o Razón Social en México. Definición
A diferencia de las personas que cuentan con nombre y apellidos para ser identificadas, las personas morales o empresas son identificada por su denominación o razón social.
Es así como la denominación o razón social es el nombre que identifica de manera única a una empresa o persona moral, para diversos fines como pueden ser fiscales, legales, financieros o administrativos. Este nombre puede o no coincidir con el nombre comercial o las marcas que comercializa la sociedad, empresa o personas moral.
La denominación o razón social es quizá el primer requisito para constituir una empresa en México, ya que los interesados en crear una empresa en el país deben solicitar a la Secretaría de Economía (SE) la autorización del uso de denominación o razón social deseada.
La resolución favorable emitida por la SE, faculta al solicitante el uso inequívoco de una denominación o razón social, y evita duplicidad o confusión de nombres en futuros documentos oficiales.
Diferencia ente denominación o razón social
Habrás notado que hemos mencionado denominación o razón social, y quizá cause un poco de confusión, ya que no son exactamente los mismo aunque su fin si es el mismo, identificar a una empresa.
En México, La Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM) es el ordenamiento jurídico que norma las obligaciones, fundamentos y elementos de la operación de las sociedades mercantiles.
La LGSM menciona en su articulo 27 que:
La razón social se formará con el nombre de uno o más socios, y cuando en ella no figuren los de todos, se le añadirán las palabras y compañía u otras equivalentes.
Con referencia a la denominación, La Ley General de Sociedades Mercantiles menciona en su articulo 88 que:
La denominación se formará libremente, pero será distinta de la de cualquiera otra sociedad y al emplearse irá siempre seguida de las palabras “Sociedad Anónima” o de su abreviatura “S.A.”
Así mismo, el articulo 261 menciona que:
La denominación se formará libremente, pero distinta de la de cualquier otra sociedad y siempre seguida de las palabras “Sociedad por Acciones Simplificada” o de su abreviatura “S.A.S.”.
De estos artículos de la LGSM citados, podemos decir que la razón social se refiere al nombre que se puede asignar a una sociedad, partiendo de los nombres de los socios, por ejemplo:
- Perez Martinez y Compañia
- Percastegui, Albornoz, Rivadeneyra y Asociados
Por su parte, podemos decir que la razón social se refiere al nombre que se puede asignar a una sociedad de forma libre sin que se consideren los nombres de los socios, por ejemplo:
- Servicios diversos, SA de CV
- Productos varios, SA de CV,
Aprovechando estos ejemplos, es importante mencionar que el nombre de denominación o razón social se complementa con algún tipo de régimen jurídico que contempla la LGSM, y que se refiere a los tipos de sociedades mercantiles que es posible constituir en México, en nuestro ejemplo utilizamos SA de CV, que es quizá, el tipo de sociedad mercantil mas frecuente en el país.
Tanto el nombre de denominación o razón social y el tipo de régimen jurídico son estipulados por el interesado al momento de realizar el tramite solicitud de autorización del uso de nombre deseado.
¿Cómo solicitar un nombre de denominación o razón social?
El tramite para realizar la solicitud de autorización de denominación o razón social se realiza en línea, en el Módulo Único de Autorizaciones de la Secretaría de Economía.
Es importante mencionar que para ingresar al sistema requieres de la firma electrónica vigente.
Solo necesitas ingresar al denominado Módulo Único de Autorizaciones mediante tu firma electrónica, indicar el nombre deseado, seleccionar el régimen jurídico, fedatario, firmar la solicitud y finalmente esperar la resolución del tramite de solicitud de nombre de denominación o razón social.